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viernes, 17 de abril de 2009

Nueva versión del programa aplicativo unificado

A raíz de las modificaciones introducidas a la Ley de Impuesto a las Ganancias (eliminación del inciso e) del artículo 81, incremento de las deducciones personales y eliminación de los porcentajes de disminución de las deducciones personales), la A.F.I.P. dispuso la utilización de una nueva versión del programa aplicativo unificado.

-Decl. juradas período fiscal 2008 y sigs: Las personas físicas y sucesiones indivisas deberán utilizar, exclusivamente, para determinar e ingresar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2008 y sigs, el programa aplicativo “Ganancias personas Físicas – Bienes Personales – Versión 10.0”(*)
-Declaraciones jurada originales o rectificativas del período fiscal 2007: Las D.J. que se presenten con posterioridad al 18 de abril de 2009 deberán realizarse mediante la utilización del programa aplicativo “Ganancias Pers. Físicas – Bs. Pers. – Versión 10.0”(*).
-Declaraciones jurada originales o rectificativas del período fiscal 2006 y anteriores: Los contribuyentes y responsables deberán confeccionar las declaraciones juradas mediante el uso de los programas aplicativos denominados “Ganancias Personas Físicas – Versión 7.1” y “Bienes Personales – Versión 6.0”, según corresponda.
(*) Las declaraciones jurada confeccionadas a través del programa de referencia, deberán presentarse mediante transferencia electrónica de datos.

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