NOTICIAS DEL DIA (infórmese)

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miércoles, 8 de mayo de 2019

NUEVA APLICACIÓN WEB. SU PRÓRROGA EN LA OBLIGATORIEDAD. RESOLUCIÓN Nº 211 (ATER)

En virtud de las gestiones realizadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia (a través de su mesa de enlace), la Administradora Tributaria de Entre Ríos ha emitido la Resolución Nº 211, de fecha 7 de mayo, mediante la cual se dispone que la APLICACIÓN web denominada DIU (Declaración Impositiva Unificada), será de uso OBLIGATORIO para los contribuyentes directos del impuesto sobre los Ingresos Brutos y al Ejercicio de las Profesiones Liberales a partir de la presentación de la Declaración Jurada del anticipo mayo de 2019 cuyo vencimiento opera en el mes de junio de 2019.
  
Período Obligatorio: A partir de MAYO 2019 con vencimiento en JUNIO 2019. 

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martes, 31 de mayo de 2016

NUEVO ACTUALIZADOR SIDETER (27/05/2016)

Por medio del presente se informa que se encuentra disponible en el sitio web de ATER el Actualizador de Tablas del Sistema SIDETER (Entre_Rios_IIBB_V300_Act_Tablas2.zip), que contiene los nuevos mínimos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y a las Profesiones Liberales, establecidos por DECRETO N° 803/16 MEHF.
Se recuerda que los mismos tienen vigencia a partir del período 05-2016 cuyo vencimiento opera a partir del próximo 21 de junio.

domingo, 30 de junio de 2013

SIDETER - NUEVO APLICATIVO PARA INGRESOS BRUTOS

SIDETER - Sistema Declarativo Tributario de Entre Ríos. (entorno SIAP). Es el nuevo aplicativo para la presentación de declaraciones juradas de Ingresos Brutos (contribuyentes directos), Profesiones Liberales y Ley 4035.

miércoles, 6 de octubre de 2010

ACTUALIZACION DEL APLICATIVO (VERSION 5.16)

Tasa Inspección Sanitaria, Hig. Prof. y Seg.
La Municipalidad puso a disposición con fecha 06/10/2010 la nueva versión del aplicativo para liquidar la Tasa de referencia para el periodo Septiembre del 2010 y sigs.. Descárguela aquí...

martes, 7 de septiembre de 2010

APLICATIVO TASA COMERCIAL - VERSIÓN 5.15 -







La Municipalidad de Paraná puso a disposición el Aplicativo en su nueva Versión 5.15 (06/09/2010)  para liquidar la Tasa Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad vigente, se podrá descargar aquí...

lunes, 5 de julio de 2010

APLICATIVO DE LA TASA COMERCIAL: NUEVA VERSION 5.14

La Municipalidad de Paraná puso a disposición la Nueva Versión del Aplicativo para liquidar la Tasa Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad vigente, se podrá descargar aquí...

viernes, 17 de abril de 2009

Nueva versión del programa aplicativo unificado

A raíz de las modificaciones introducidas a la Ley de Impuesto a las Ganancias (eliminación del inciso e) del artículo 81, incremento de las deducciones personales y eliminación de los porcentajes de disminución de las deducciones personales), la A.F.I.P. dispuso la utilización de una nueva versión del programa aplicativo unificado.

-Decl. juradas período fiscal 2008 y sigs: Las personas físicas y sucesiones indivisas deberán utilizar, exclusivamente, para determinar e ingresar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2008 y sigs, el programa aplicativo “Ganancias personas Físicas – Bienes Personales – Versión 10.0”(*)
-Declaraciones jurada originales o rectificativas del período fiscal 2007: Las D.J. que se presenten con posterioridad al 18 de abril de 2009 deberán realizarse mediante la utilización del programa aplicativo “Ganancias Pers. Físicas – Bs. Pers. – Versión 10.0”(*).
-Declaraciones jurada originales o rectificativas del período fiscal 2006 y anteriores: Los contribuyentes y responsables deberán confeccionar las declaraciones juradas mediante el uso de los programas aplicativos denominados “Ganancias Personas Físicas – Versión 7.1” y “Bienes Personales – Versión 6.0”, según corresponda.
(*) Las declaraciones jurada confeccionadas a través del programa de referencia, deberán presentarse mediante transferencia electrónica de datos.

lunes, 6 de abril de 2009

SIJP 30 vs SiCOSS V32


Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social (SiCOSS V32)

A partir del día viernes 03 de abril de 2009, tenemos disponible en la página de la A.F.I.P. la V.32 del aplicativo para la liquidación de cargas sociales, de igual manera se actualizó la versión de Su Declaración Online, para realizar el Formulario F-931 por las remuneraciones devengadas en marzo 2009, cuyo vencimiento comienza a operar el día 07 de Abril de 2009.

Recordemos que de acuerdo a lo establecido en la RG 2558, hay que rectificar todos las Declaraciones Juradas presentadas con la V30, para que rehaga el cálculo del Fondo de Redistribución Solidaria.
Como podemos observar son muchas las novedades que contiene este nueva versión, desde un nuevo diseño en la navegación de sus pantallas a la utilización correcta de los códigos para la regularización de relaciones laborales y reducción en las cargas sociales, y tiende a mejorar la información con la cual Anses realiza la liquidación de las asignaciones familiares.

viernes, 27 de marzo de 2009

NUEVA VERSION DEL PROGRAMA APLICATIVO


Se encuentra disponible para su descarga el aplicativo "GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS BIENES PERSONALES" Versión 10. Podrá descargar este aplicativo ingresando a alguna de las siguientes direcciones:




IMPORTANTE: Si efectuó el ingreso de la información utilizando la versión 9, al instalar la versión 10 el sistema migrará la información automáticamente, excepto la correspondiente a las deducciones cargadas manualmente. Por este motivo, se deben verificar las deducciones e ingresar los montos que correspondan para cada caso.


Podrá consultar más información ingresando al micrositio "Ganancias y Bienes Personales" (www.afip.gob.ar/gananciasybienes).

domingo, 16 de noviembre de 2008

Esta versión del O.T.D. incluye las modificaciones establecidas por la Resolución 293/08 DGR


Para instalar el software completo baje el programa Setup.exe. Posteriormente ejecútelo y siga las instrucciones del asistente.
Setup.exe (3,43MB)
Esta versión del O.T.D. incluye las modificaciones establecidas por la Resolución 293/08 DGR para los contribuyentes Locales o Directos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Está disponible a partir del 21/10/2008.
Tambien puede descargarlo directamente a través de la página Web de la Direccion General de Rentas de la provincia.-

domingo, 2 de noviembre de 2008

Atención empleadores: nueva versión del S.I.J.P.


Mediante la RG 2506/08 se aprueba la versión 30 del "Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones", que debe utilizarse a partir del período devengado noviembre/08, y contempla las modificaciones en los topes establecidos por el Decreto 1448/08.

A raíz de la publicación del Decreto 1448/08, se incrementaron los límites definidos para aportes de obra social, aportes al INSSJP y cotizaciones con destino a la ART, y las contribuciones con destino al sistema de salud dejaron de tener tope. Por lo tanto, para las remuneraciones mensuales a partir del período noviembre de 2008, se deben aplicar las nuevas bases imponibles máximas.

¿Cuándo se encontrará disponible el nuevo aplicativo? El nuevo aplicativo se encontrará disponible para su descarga a partir del 15 de noviembre, en la Sección “Seguridad Social”, dentro de la página de aplicativos (http://www.afip.gov.ar/Aplicativos#SeguridadSocial)

lunes, 27 de octubre de 2008

NUEVA VERSION DEL APLICATIVO


Tasa Inspección Sanitaria, Hig. Prof. y Seg.
Versión 5.04 (16/10/2008).
VIGENTE HASTA PERIODO DICIEMBRE 2008
Además del aplicativo podrá descarcargar el calendario completo con los vencimientos de cada tributo municipal.-
Por consultas dirigirse a:Dirección General de Ingresos Públicos
25 de Mayo 122 - Paraná (E.R.)Tel. (0343) 4236591 / 4310716

jueves, 25 de septiembre de 2008

TASA COMERCIAL NUEVA VERSION DEL APLICATIVO


En la página web de la Municipalidad de Paraná (http://www.parana.gov.ar/)

ya se encuentra una nueva versión (V5.03) del Aplicativo para liquidar la Tasa de Inspección sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad más comunmente llamada "Tasa Comercial". Cabe aclarar que, la descarga sólo se hace efectiva siempre y cuando se tenga ya instalado el Aplicativo Base, la cual requiere autorización y no es de libre disponibilidad.-