PROXIMO VENCIMIENTO
Sr. Monotributista
El 8 de Septiembre próximo vence el plazo para la recategorización correspondiente al segundo cuatrimestre de 2008.La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el período Septiembre de 2007 a Agosto de 2008 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad.Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, usted deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar trámite alguno. Para ayudarle a conocer si su categoría se modificó, ponemos a su disposición la herramienta denominada "
Mi orientación", con la cual encontrará -una vez ingresados los datos requeridos- una guía que lo orientará en el proceso de recategorización.
¿Qué períodos abarca la presente recategorización?
Período a considerar====> Septiembre/2007 a Agosto/2008
Vencimiento para la recategorización====> 8 de Septiembre de 2008
¿Cómo debe realizarse la recategorización?
La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (http://www.afip.gov.ar/), ingresando al servicio “Monotributo”. Dentro de este servicio deberá utilizar opción denominada "Recategorización", que se encontrará disponible a partir del 1 de Septiembre de 2008.
¿Desde cuándo corresponde pagar la nueva categoría?
El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de Octubre de 2008. Vencimiento: 7 de Octubre de 2008. Consulte en la página de AFIP las formas de pago.
IMPORTANTE: Si opta por pagar mediante débito en cuenta bancaria o con tarjeta de crédito consulte en la página cómo realizar la adhesión.
//Fabricio
Al fin un archivo con datos útiles!!, esta información está bien presentada sigan así...igualmente les tenemos paciencia y sobre todo mucha confianza.
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