
A los efectos de reimputar el pago efectuado dos veces el contribuyente deberá ingresar con C.U.I.T. y Clave Fiscal al servicio de A.F.I.P. “CCMA Cuenta Corriente de Monotributistas y Trabajadores Autónomos” y dentro de éste a la opción “Cuenta Corriente”, “Recálculo de deuda a fecha”. Paso seguido, se deberá solicitar al sistema que calcule la deuda del contribuyente, y como consecuencia de ello aparecerá en color verde el período abonado dos veces. En el margen izquierdo correspondiente al período abonado dos veces aparecerá un lápiz y una hoja, donde se deberá cliquear para llevar a cabo la reimputación.
muchas gracias, me sirvio mucho!
ResponderEliminarSaludos desde santa fe
No por favor, al contrario, gracias a vos Agustin, por participar y reconocer. Un abrazo desde Paraná. Fabricio
ResponderEliminary colega....para cuando el estudio?????
ResponderEliminarHola la cajera me cobro mal, me imputo como pago de 03/2012 y yo queria pagar 03/2011, y ahora para reafectar no me aparece en el sistema!
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