La disposición, firmada por el ministro Carlos Tomada, puntualiza que el Banco Central (BCRA) busca asegurar el beneficio de la "gratuidad del servicio para el trabajador y la no imposición de límites en los montos de las extracciones".
La resolución incluye las asignaciones familiares transferidas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y las prestaciones dinerarias por incapacidad derivadas de la Ley 24.557 y sus modificatorias.
Uno de los puntos centrales es que los banco deberán devolver a sus clientes las "comisiones" que le hayan cobrado, en concepto de movimientos, desde el 6 de Mayo a la fecha.
Además, el artículo tercero establece que el trabajador podrá designar a su cónyuge o familiar directo como cotitular de la cuenta sueldo, a fin de realizar los movimientos de fondos admitidos y demás operaciones que autorice el titular.
El artículo cuarto dispone que "la incorporación a la cuenta sueldo de servicios bancarios adicionales, no derivados de su naturaleza laboral ni comprendidos en la presente resolución, sólo se producirá previo requerimiento fehaciente del trabajador a la entidad bancaria o financiera, quedando dichos servicios sujetos a las condiciones que se acuerden al efecto".
Fte.: Resolución 653/10 M.T. y S.S., ambitoweb.com.
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La resolución incluye las asignaciones familiares transferidas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y las prestaciones dinerarias por incapacidad derivadas de la Ley 24.557 y sus modificatorias.
Uno de los puntos centrales es que los banco deberán devolver a sus clientes las "comisiones" que le hayan cobrado, en concepto de movimientos, desde el 6 de Mayo a la fecha.
Además, el artículo tercero establece que el trabajador podrá designar a su cónyuge o familiar directo como cotitular de la cuenta sueldo, a fin de realizar los movimientos de fondos admitidos y demás operaciones que autorice el titular.
El artículo cuarto dispone que "la incorporación a la cuenta sueldo de servicios bancarios adicionales, no derivados de su naturaleza laboral ni comprendidos en la presente resolución, sólo se producirá previo requerimiento fehaciente del trabajador a la entidad bancaria o financiera, quedando dichos servicios sujetos a las condiciones que se acuerden al efecto".
Fte.: Resolución 653/10 M.T. y S.S., ambitoweb.com.
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