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domingo, 26 de octubre de 2008

Otras consultas laborales


¿Es obligatorio para el empleador otorgarle días por estudio o exámenes a un empleado de comercio que al momento de contratarlo se le especifica puntualmente que es un requisito excluyente el tema del estudio ya que no puede dársele días por exámenes o para estudiar y que la ingreso no estudiaba pero después de un año comenzó una carrera?

Resp.: La licencia por estudio le corresponde al trabajador por Convenio Colectivo de Trabajo y por la Ley de Contrato de Trabajo, consecuentemente, el empleador no le puede negar los días por exámenes.




¿Cuáles son los requisitos y pasos que se deben cumplir al tomar un nuevo empleado?

Resp.: El esquema básico a seguir para la incorporación de un empleado es el siguiente: Si el contribuyente no es empleador tiene que darse el alta a través del Padrón Único de Contribuyentes. Se debe contratar una A.R.T.. El trabajador tiene que hacer el examen preocupacional y completar el legajo de personal. Dar el alta del trabajador a través del servicio “miSimplificación”. Tramitar el alta en el seguro de vida.

1 comentario:

  1. En respuesta a otra consulta laboral, ¿Si un empleador tiene 2 empleados, es obligatorio abrirles las cuentas sueldos? ¿Cuál es la resolución que establece esto?

    De conformidad con lo establecido por la Resolución Nº 360/2001 (M.T.E.y S.S.) corresponde acreditar los sueldos en una Caja de Ahorro, sin importar el número de trabajadores dependientes.
    Fte.:Resolución 360/01 Min.Trab

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